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EUDRRegulación

EUDR en la práctica: de la parcela a una debida diligencia defendible

KN

KEA Network

Equipo de investigación

12 min de lectura

EUDR convierte la promesa de una cadena libre de deforestación en una afirmación verificable sobre un producto. Para un productor latinoamericano, primero importa saber si su producto y su cliente europeo están alcanzados. Para un comprador global, la pregunta difícil es si podrá explicar cada parcela, lote, decisión de riesgo y documento años después de presentar la declaración de debida diligencia (DDS).

La regla en dos minutos

Las siete materias primas son ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera. Solo están comprendidos los productos identificados por código aduanero en el Anexo I: un derivado no entra automáticamente. Los productos alcanzados que se introducen en la UE o se exportan desde ella deben estar libres de deforestación, cumplir la legislación pertinente del país productor y contar con la DDS o declaración simplificada aplicable. La fecha de corte para deforestación es el 31 de diciembre de 2020; para madera también se contempla la degradación forestal.

La aplicación comienza el 30 de diciembre de 2026 para operadores grandes y medianos; el 30 de junio de 2027 para la mayoría de los micro y pequeños; y el 30 de diciembre de 2026 para los micro y pequeños ya sujetos al reglamento europeo de la madera. El alcance de productos cambia: verificá el código vigente del Anexo I antes de clasificar un ingrediente procesado o un derivado.

¿Quién presenta la DDS y quién aporta la evidencia?

La simplificación de 2025 concentra la presentación de DDS en el primer operador que introduce el producto en la UE o en quien lo exporta. Los actores posteriores tienen deberes propios de trazabilidad e información según su rol. Una DDS puede cubrir varios envíos si la información sigue siendo válida. Un exportador brasileño quizá no sea quien presenta la DDS europea, pero su cliente no puede sostenerla sin datos confiables de origen, legalidad y riesgo provenientes de la cadena.

En grupos con varias entidades, hay que mapear la transacción: ¿quién introduce por primera vez el producto y código exacto en la UE?, ¿quién conserva las referencias?, ¿dónde cambia de forma el producto?, ¿quién guarda los registros de parcela y legalidad?

La cadena de evidencia, de la parcela al producto

Trazabilidad y evidencia, desde el origen a la declaración
EUDR / DATA LINEAGE
1

Producto

Código del Anexo I

2

Origen

Geometría de parcelas

3

Uso del suelo

Base de 2020

4

Legalidad

Documentos locales

5

Riesgo

Decisión revisada

6

Declaración

DDS + archivo

Capas de evidencia

ID de parcelasImágenes fechadasVínculo proveedor y loteDocumentos legalesRevisión de alertas

Esquema de trazabilidad. Los deberes legales de información y evaluación figuran en los artículos 8 a 11 de EUDR.

Se requiere geolocalización de todas las parcelas donde se produjo la materia prima; el tipo de geometría depende del tamaño y del producto. Para ganado, se necesitan las ubicaciones de todos los establecimientos donde estuvieron los animales. El expediente también incluye descripción y cantidad del producto, país de producción, proveedores y compradores, evidencia de ausencia de deforestación y de cumplimiento legal. Los registros deben conservarse cinco años.

Una certificación, un registro nacional o la clasificación de país de bajo riesgo pueden aportar información, pero no reemplazan la responsabilidad del operador. La imagen satelital es evidencia, no sentencia: cultivos arbóreos, agroforestería, nubes o un polígono mal trazado pueden generar falsos conflictos que requieren revisión humana.

Ejemplo: soja, acopiador y comprador europeo

Imaginemos un acopiador que compra soja a 40 campos brasileños y envía un lote mezclado a un importador europeo. El importador necesita las parcelas productivas pertinentes, no las coordenadas del depósito ni el municipio. Si un límite de proveedor coincide con una alerta de desmonte posterior a 2020, hay que verificar si el solapamiento es real, qué cultivo afecta y si ese material entró al lote. Una captura de pantalla con ‘bajo riesgo’ no resuelve esas preguntas.

La respuesta sólida es un expediente versionado: polígono original, corrección justificada, imágenes fechadas, documentos del campo, decisión del analista, aprobación de revisión y vínculo entre campo y lotes. Si el riesgo sigue siendo mayor que insignificante, corresponde mitigarlo o excluir el producto. Para una cooperativa cafetera ocurre lo mismo: la unidad de prueba es la red real de origen, no la declaración anual de sostenibilidad.

Qué debería pedir un comprador experto

  • Matriz producto–código aduanero con entidad legal y rol para cada transacción europea.
  • Geometría de parcelas con procedencia, versiones, identificadores y vínculo con lotes o períodos.
  • Método documentado para evaluar cambio forestal, legalidad, mezclas y riesgo de proveedor.
  • Cola de alertas pendientes con evidencia, responsable, fecha y criterio de escalamiento.
  • Plan de conservación y recuperación de información por cinco años, aunque cambie el proveedor.
  • Un expediente de muestra que permita reproducir la conclusión, no solo leer un puntaje.

Empezar por el 10% más difícil

La mejor prueba de preparación toma un producto real, una transacción europea real y el grupo de proveedores más complejo, e intenta reconstruir la cadena completa. Polígonos faltantes, límites dudosos, lotes mezclados y alertas sin cerrar enseñan más que un tablero general. Una infraestructura de evidencia construida en origen también sirve para auditorías de clientes; no debería rehacerse para cada envío.

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